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Dirección de Servicios Generales

Director: Alicia Araya Catalán
Horario de Atención: 08:30 a 14:30 horas
Dirección: Avda. Salvador Allende Nº 01441, Población Clara Estrella
Fono: 22 485 6386
E-mail: serviciosgenerales@loespejo.cl

El Departamento de Servicios tiene por misión prestar, en tiempo y forma, apoyo material a las diferentes unidades municipales, para el normal funcionamiento de estas, así como velar por la seguridad de los recursos y dependencias Institucionales.

Sus funciones primordiales se enmarcan en el ámbito de la seguridad institucional, Mantención de Seguros, traslados de personal y transporte de materiales, Administración y pago de los Servicios Básicos, Administración y suministro de combustibles, Supervisión del uso de los espacios públicos y áreas comunes, velando además por el aseo de éstos. Además, asegurar los medios de comunicación para el trabajo municipal, el servicio adecuado de la red Internet y otros que requiera la Municipalidad para su normal funcionamiento. También, velar por la aplicación de las normas de prevención de riesgo en los diferentes recintos, mantener el registro del inventario municipal y la administración de los diferentes contratos de arrendamiento o licitaciones que la autoridad le solicite, además del resguardo reparación y asignación de los vehículos menores, que son propiedad de este Municipio.

 

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS

Jefatura: Marisol Díaz Guerrero
Dirección: Avenida Salvador Allende Nº 01441, Población Clara Estrella
Fono: 22 485 6392

El Departamento de Servicios tiene por misión prestar, en tiempo y forma, apoyo material a las diferentes unidades municipales para su normal funcionamiento, como también velar por la seguridad de los recursos y dependencias institucionales.

Sus funciones son las siguientes:

  1. Administrar y controlar los servicios de vigilancia y la seguridad de los recursos y dependencias municipales y de diseñar medidas de resguardo y prevención ante situaciones de emergencia.
  2. Controlar los Seguros Municipales y hacerlos efectivos cuando corresponda.
  3. Administrar y controlar el uso de los vehículos del municipio, mantenerlos disponibles y en correcta mantención, así como también ser la unidad técnica responsable del servicio de vehículos arrendados.
  4. Recepcionar, mantener las existencias necesarias y administrar la distribución y registro de combustibles.
  5. Supervisar traslados y uso de espacios en las dependencias municipales, y velar por sus condiciones de ornato.
  6. Llevar un registro público y actualizado de las prestaciones realizadas a otras direcciones municipales, indicando el uso y destino de los recursos a su cargo.
  7. Aplicar las normas de prevención de riesgos en los recintos municipales y para su personal.
  8. Asegurar los servicios de aseo de los recintos municipales y del personal mínimo para llevarla a cabo con eficacia.
  9. Asegurar la mantención de la infraestructura de los recintos municipales y del personal mínimo para llevarla a cabo eficazmente.
  10. Proveer los medios para la realización de los eventos especiales que organicen las instancias pertinentes del Municipio.
  11. Velar por el cumplimiento y dar aplicación cabal a las normas contenidas en el Decreto Ley Nº 799, que sean de competencia municipal, sin perjuicio de las facultades que correspondan a la Contraloría General de la República.
  12. Mantener actualizados los registros de bienes de la Municipalidad y los inventarios valorados de los mismos.
  13. Proponer, diseñar y confeccionar las planillas de Altas y Bajas de las especies municipales.
  14. Velar por el ordenamiento, actualización, revisión y utilización de los bienes muebles municipales, sin perjuicio de la responsabilidad de cada jefe por los bienes asignados a la unidad bajo su dirección.
  15. Efectuar controles periódicos de los bienes asignados a las distintas unidades.
  16. Implementar sistemas de registro y control de inventarios teniendo presente las normas y disposiciones vigentes.
  17. Proponer anualmente a la Dirección de Servicios Generales, el listado de bienes muebles que se debe dar de baja y ejecutar las enajenaciones respectivas.